sponsor

sponsor

Slider

Nacional

Regional

Deporte

Cultura

Salud para la Vida

Tecnologia

INTERNACIONAL

Eco Habitat

Consulte y descargue el nuevo plan de administración de carga que regirá a partir del 23 de Mayo

El presidente de la República, Nicolás Maduro, anunció el pasado miércoles 18 de mayo una flexibilización al Plan de Administración de Carga a partir la próxima semana, que bajará de cuatro a tres horas de interrupciones programadas rotativas en el interior del país.

El Plan de Administración de Carga se aplica en el país para mantener los niveles de la Central Hidroeléctrica Simón Bolívar (Guri) ante la intensa sequía producto del fenómeno El Niño. La suspensión temporal de energía eléctrica no se aplica en la Gran Caracas, por ser la sede de los poderes públicos, ni en los estados Vargas, Nueva Esparta, Amazonas y Delta Amacuro.

Por su parte, el ministro para la Energía Eléctrica, Luis Motta Domínguez, indicó que la flexibilización del Plan de Cargas comenzará a regir el lunes 23 y se aplicará por tres horas en horarios rotativos, destacando que el mismo no se aplicará entre las 10:00 de la noche y las 7:00 de la mañana.

Los nuevos horarios serán publicados en la prensa nacional este fin de semana.

Vale destacar que la decisión de administrar las cargas de energía eléctrica puesta en marcha el 25 de abril tienen como objetivo preservar y defender al país de la sequía que se ha vivido en los últimos tiempos, la cual ha amenazado la capacidad de generación de energía del Guri, embalse que surte del vital servicio a la población en un 70%.

La represa situada en el Cañón de Nekuima, en el estado Bolívar, ha llegado a sus niveles más bajo en  toda la historia de Venezuela. En ese sentido el Ejecutivo exhorta al pueblo hacer uso racional y eficiente del recurso energético.

Haga clic en el enlace

http://www.radiomundial.com.ve/sites/default/files//PAC%2022%20DE%20MAYO-CINTILLO.pdf

En Gaceta Oficial decreto que establece los viernes no laborables para el sector público (ACTUALIDAD)(NACIONAL)




En la Gaceta Oficial Nº 40.880 se publicó este jueves el decreto emitido por el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, mediante el cual se declaran los días viernes como No Laborables para el sector público, a partir del 08 de abril de 2016 y mientras persistan los efectos del fenómeno climático “El Niño” sobre la Central Hidroeléctrica Simón Bolívar, como parte del plan de atención eléctrica de 60 días que tiene como propósito contrarrestar los efectos de este fenómeno.
El mandatario detalló que a partir de este 8 de abril “tenemos que incrementar el aporte de la administración pública nacional, estadal, municipal y todos los entes laborables del sector público que no afecten la actividad productiva (…). Dar el ejemplo desde la administración pública nacional”.
De acuerdo con el texto, serán excluidos:
“Las actividades a cargo de los órganos y entes del sector público que no puedan interrumpirse, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras y los artículos 17,18, 19 del reglamento” de la mencionada ley, así como las excepciones del propio decreto.
Esto dice el artículo 185:
Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior las actividades que no puedan interrumpirse por alguna de las siguientes causas:
a) Razones de interés público.
b) Razones técnicas.
c) Circunstancias eventuales.
En los artículos 17, 18, y 19 se detallan las excepciones:
Por razones de interés público se exceptúan las actividades relativas a: producción y distribución eléctrica, telefonía y telecomunicaciones, estaciones de combustible, centros de salud y laboratorios clínicos, farmacias y expendios de medicina debidamente autorizados, establecimientos destinados al suministro y venta de alimentos y víveres en general, hoteles y restaurantes, medios de comunicación social, recreación, turismo y esparcimiento público, servicios públicos y transporte público.
Por razones técnicas las excepciones son las siguientes: las industrias extractivas no susceptibles de interrupción, procesos industriales relacionados con hornos y calderas que alcancen temperaturas elevadas, obras, explotaciones o trabajos que por su propia naturaleza no puedan efectuarse sino en ciertas épocas del año, actividades científicas o técnicas que ameriten intervención o control periódico, actividades industriales encaminadas al procesamiento de alimentos, las explotaciones agrícolas y pecuarias; en las siderúrgicas, la preparación de la materia, los procesos de colada y de laminación; el funcionamiento de los aparatos de producción y de las bombas de compresión en las entidades de trabajo de gases industriales; en la industria papelera, los trabajos de desecación y calefacción; en las tenerías, los trabajos para la terminación del curtido rápido y mecánico; la vigilancia y graduación de los caloríferos para el secado de los cigarrillos húmedos; la germinación del grano, la fermentación del mosto y la destilación del alcohol; los trabajos de refinación; la conducción de combustibles por medio de tuberías o canalizaciones.
En el artículo 19 también se establecen excepciones por circunstancias eventuales.
¿Qué otras excepciones establece el decreto?

En el artículo 4, se indica que están excluidos de la aplicación del decreto los trabajadores del sector público cuya actividad se vincule con el transporte del agua potable y los químicos necesarios para su potabilización; transporte de materiales para la Gran Misión Vivienda Venezuela, transporte de cosechas de la Gran Misión Agro Venezuela, estaciones de servicio de transporte terrestre, puertos y aeropuertos; productos asociados a la actividad petrolera, así como materiales y equipos eléctricos.

En el artículo 5, también se exceptúan las actividades del sector público que conforman la cadena de alimentación a nivel nacional, trabajadores que realicen actividades de producción, procesamiento, transformación, distribución y comercialización de alimentos perecederos y no perecederos; así como todas aquellas que aseguren el funcionamiento del Sistema nacional Integral Agroalimentario, en la red de empresas del estado en las áreas agrícola y de alimentos en los sectores de producción, industria y comercio, así como las empresas que conforman dicho sistema.


CIUDAD PARIAGUAN/VTV

LISTADO HORARIOS POR ESTADOS | HOY inicia Plan Administración de Cargas (+Archivo PDF descargable) (ECOHABITAT)

 pdfzoom2.jpg
Conozca los horarios y zonas por cada Estado que están incluidos en el Plan de Administración de Cargas y el cual comenzará a aplicarse a partir del 25-A para preservar las operaciones de la hidroeléctrica El Guri / Distrito Capital, Vargas y Nueva Esparta están exceptuados del plan.
Para informar a los suscriptores de toda Venezuela los horarios y zonas de cada entidad en los que se aplicará el Plan de Administración de Cargas -que aplicará a partir del lunes 25 de abril- CORPOELEC difundió un archivo PDF (descargable), con el listado correspondiente, que podrá guardar y consultar permanentemente.
  • NOTA: Corpoelec informó que el Distrito Capital y los estados Nueva Esparta y Vargas estarán exceptuados de este Plan. También lo serán hospitales, clínicas, aeropuertos, puertos, instituciones de seguridad del Estado y Poderes Públicos.
El documento descargable presenta los listados de esta manera:

Haga clic en el archivo para abrirlo o descargarlo y consultar su estado y los horarios diarios que corresponden a su zona de residencia:

Archivos:

  • iconPlan de Administración de Cargas.pdf
  • NOTA: EN EL CASO DE PARIAGUAN DEPENDE DE  2 FASES UNA DE ENERGIA ELECTRICA QUE PROVIENE DEL TIGRE ESTA ABARCA ALGUNOS SECTORES DE LA ZONA NORTE Y CENTRO, SUR Y LA DE PARIAGUAN PROVENIENTE DE LA ESTACION DE BUDARE AFECTA SECTORES DE LA ZONA OESTE, CENTRO Y ALGUNOS DE LA ZONA SUR, CABE DESTACAR QUE SE CORREN IMFORMACIONES ERRONEAS DESCONTETUALIZADAS DE LA REALIDAD TERRITORIAL. 
CIUDAD PARIAGUAN/CORPOELEC

A partir del 1ero de Mayo se modificará el huso horario (NACIONAL)

Resultado de imagen para RETRASAR EL TIEMPO IMAGEN



Desde el Palacio de Miraflores, el primer mandatario venezolano, Nicolás Maduro, comunicó este jueves que a partir del 1 de mayo se modificará el huso horario en el país, decisión que será adoptada en el marco del ahorro energético.

El presidente de la República, indicó que en los venideros días se darán más explicaciones al respecto.

En contexto

En relación al tema, cabe mencionar que para el 2007, el presidente Chávez realizó una modificación sobre esta materia; para entonces se ejecutó un retraso de 30 minutos.

Consecutivamente, el 31 de octubre de 2014, Maduro expresó que le había solicitado a quien se desempeñaba como vicepresidente de la República, Jorge Arreaza, que estudiara este asunto porque estaba oscureciendo muy anticipado. “En un horario del trópico como el nuestro, debería ser a las 7:00 pm que oscurezca”, pronunció el gobernante para la fecha.

FUENTE: (LaIguana.TV)